El gobierno de Estados Unidos ha implementado un proceso llamado Parole Humanitario que permite que 30.000 ciudadanos de Cuba, Haití, Nicaragua y Venezuela soliciten un permiso de permanencia temporal en el país. Este beneficio tiene como objetivo proporcionar una oportunidad equitativa para aquellos que buscan ingresar a los Estados Unidos por razones humanitarias o de beneficio público significativo.
Es importante destacar que el proceso de solicitud es completamente gratuito. Ni los beneficiarios, ni las personas de apoyo en Estados Unidos están obligados a pagar ninguna tarifa al gobierno de Estados Unidos. Sin embargo, se debe estar alerta ante posibles estafas, ya que ninguna persona debe cobrar por ayudar con este proceso.
Con la actualización más reciente, USCIS ha dividido el proceso de revisión de solicitudes en dos partes. Aproximadamente la mitad de los formularios I-134A, que son presentados por personas de apoyo en Estados Unidos, se seleccionarán al azar cada mes para su revisión, sin importar la fecha en que fueron presentados. La otra mitad se revisará en orden cronológico, priorizando las solicitudes más antiguas. Este enfoque busca garantizar que todos los solicitantes tengan una oportunidad justa de avanzar en el proceso.
Para poder ser considerado en este proceso, los beneficiarios deben cumplir con varios requisitos. Entre ellos:
1. Ser nacionales de Cuba, Haití, Nicaragua o Venezuela, o ser un familiar inmediato (cónyuge, pareja de hecho o hijo soltero menor de 21 años) que viaja con un cubano, haitiano, nicaragüense o venezolano elegible.
2. Tener una persona de apoyo (patrocinador) en Estados Unidos: Esta persona debe ser un ciudadano, debe tener algún estatus legal en Estados Unidos.
3. Someterse a una investigación de seguridad: Esto incluye la revisión de antecedentes y una investigación biométrica.
4. Cumplir con otros criterios de elegibilidad: Tener un pasaporte válido y cumplir con requisitos de salud pública, como ciertas vacunas.
Un patrocinador es una persona de apoyo que se compromete a brindar respaldo financiero al beneficiario durante su estancia en Estados Unidos. Esta persona puede ser un ciudadano estadounidense, un Residente Permanente o alguien con estatus temporal como beneficiario de TPS.
A los patrocinadores se les exige que proporcionen apoyo financiero y alojamiento para las personas que ingresan bajo el Parole Humanitario. Los patrocinadores deben demostrar que tienen los recursos financieros suficientes para mantener a la persona que patrocinan mientras esta se encuentra en Estados Unidos. Los patrocinadores no solo ayudan con el alojamiento, sino que también apoyan en la integración de los beneficiarios a la comunidad y facilitan el acceso a recursos como atención médica y educación.
En algunos casos, varias personas pueden unirse para respaldar a un beneficiario, o una organización, empresa u otra entidad pueden desempeñar un papel en la provisión de apoyo. Sin embargo, una persona individual siempre debe ser la que firme y presente el formulario I-134A.
Recientemente, los patrocinadores han cobrado mayor relevancia en el proceso, ya que las autoridades buscan asegurar que aquellos que ingresan bajo el Parole Humanitario cuenten con una red de apoyo y no representen una carga pública. Además, los patrocinadores están asumiendo una responsabilidad formal al comprometerse a brindar apoyo financiero y moral a los beneficiarios del Parole durante su estancia en el país.
Este enfoque con los patrocinadores tiene como objetivo garantizar que el sistema de Parole Humanitario funcione de manera más efectiva, asegurando que las personas que ingresan bajo este estatus estén en una situación estable y no requieran asistencia del gobierno federal.
Es fundamental que tanto los beneficiarios como las personas de apoyo comprendan y sigan cada uno de los pasos y requisitos establecidos para asegurar una experiencia fluida y conforme a la ley.
El proceso consta de varios pasos como:
1. Presentación del formulario I-134A: El patrocinador debe presentar este formulario a USCIS para cada beneficiario, incluidos los menores de edad.
2. Confirmación del patrocinador: USCIS investigará y confirmará que la persona de apoyo puede cumplir con sus compromisos financieros.
3. Enviar información biográfica: El beneficiario debe proporcionar su información a través de la plataforma en línea myUSCIS.
4. Petición en la aplicación móvil CBP One: El beneficiario deberá ingresar su información biográfica y una foto en esta aplicación.
5. Autorización adelantada de viaje: Una vez aprobado, el beneficiario recibirá una autorización de viaje válida por 90 días.
6. Inspección en el puerto de entrada: Al llegar a Estados Unidos, el beneficiario será inspeccionado por CBP, quien decidirá si concede el permiso de permanencia temporal.
7. Permiso de permanencia temporal: Si se concede, el beneficiario podrá permanecer en Estados Unidos por dos años, teniendo la opción de solicitar autorización de empleo y Social Security.
Una persona no es elegible para ser considerada para Parole Humanitario si tiene doble nacionalidad o es Residente Permanente o tiene estatus de refugiado en otro país, a menos que DHS opere un proceso de permiso de permanencia temporal similar para los nacionales de ese país. Este requisito no aplica a los familiares inmediatos (cónyuge, pareja de hecho o hijo soltero menor de 21 años) de un nacional elegible de Cuba, Haití, Nicaragua o Venezuela con quien viaja dicha persona.
Además, es posible que un beneficiario no sea elegible para este beneficio si esa persona:
1. No aprueba la investigación de antecedentes de seguridad nacional y seguridad pública o se considera que no amerita un ejercicio favorable de discreción.
2. Ha recibido una orden de remoción de Estados Unidos en los cinco años previos o está sujeto a un veto de admisibilidad basado en una orden de expulsión anterior.
3. Ha cruzado irregularmente a Estados Unidos, entre los puertos de entrada, después de la fecha en que se anunció el proceso (para venezolanos, después del 19 de octubre de 2022; para cubanos, haitianos y nicaragüenses, después del 9 de enero de 2023).
4. Ha cruzado irregularmente la frontera mexicana o panameña con posterioridad a la fecha de anuncio del proceso (para venezolanos, después del 19 de octubre de 2022; para cubanos, haitianos y nicaragüenses, después del 9 de enero de 2023).
5. Es un cubano o haitiano y ha sido interceptado en el mar después del 27 de abril de 2023.
6. Es menor de 18 años y no viaja a través de este proceso acompañado por un padre o tutor legal.
El beneficiario debe tener un pasaporte válido y vigente. Las extensiones certificadas de la validez del pasaporte sirven para cumplir con este requisito. Si la validez del pasaporte de un beneficiario ha sido extendida, la fecha de vencimiento de la extensión debe reflejarse como la fecha de vencimiento del pasaporte. La Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de Estados Unidos (CBP) no autorizará el viaje si el pasaporte del beneficiario o la extensión está vencido.
En el caso específico de los pasaportes venezolanos, de acuerdo con el decreto de la Asamblea Nacional emitido el 25 de junio de 2024, los pasaportes venezolanos emitidos antes de este decreto siguen siendo válidos por diez años después de la fecha de expiración impresa en el pasaporte o después de la fecha de expiración de la extensión (prórroga) más reciente, lo que sea posterior.
Los menores de 18 años que llegan sin sus padres o tutores legales no son elegibles para la autorización adelantada de viaje o para la consideración del Parole Humanitario.
Si un menor de 18 años llega a un puerto de entrada de Estados Unidos y no viaja con su padre/madre o tutor legal, podría ser puesto bajo la custodia del Departamento de Salud y Servicios Humanos (HHS), como lo exige la ley en virtud de la Ley de Reautorización de Protección de Víctimas de Trata de 2008. Para obtener más información, visite la página web del HHS sobre Menores No Acompañados.
En cambio, los menores de 18 años que no viajan con un padre o tutor legal, pero que vienen a Estados Unidos para reunirse con un padre o tutor legal, pueden solicitar el permiso de permanencia temporal a través del proceso estándar para dicho permiso con el formulario I-131.
Para finalizar este proceso de Parole Humanitario para ciudadanos de Cuba, Haití, Nicaragua y Venezuela ofrece una oportunidad significativa para aquellos que buscan refugio por razones humanitarias. Es muy importante seguir todos los pasos cuidadosamente y estar alerta ante posibles fraudes, ya que el proceso es completamente gratuito.
Si tienes preguntas adicionales o necesitas orientación profesional, Oasis Legal Group está aquí para ayudarte. Nuestro equipo especializado en inmigración puede guiarte a través de este proceso, asegurando que cumplas con los requisitos y que cada paso se maneje correctamente.
¿Quiénes pueden solicitar el Parole Humanitario?
Los ciudadanos de Cuba, Haití, Nicaragua y Venezuela, o sus familiares inmediatos (cónyuge o hijos solteros menores de 21 años) que viajen con ellos, pueden solicitar el permiso si cumplen con los requisitos establecidos.
¿Es necesario pagar alguna tarifa para solicitar este proceso?
No, el proceso es completamente gratuito. Ni los beneficiarios ni las personas de apoyo deben pagar al gobierno de Estados Unidos por presentar el formulario I-134ª.
¿Cómo se seleccionan las solicitudes para revisión?
USCIS revisa la mitad de las solicitudes I-134A de manera aleatoria cada mes, mientras que la otra mitad se procesa en orden cronológico, priorizando las solicitudes más antiguas.
¿Se puede participar en este proceso si tengo doble nacionalidad?
No, las personas con doble nacionalidad o residencia en otro país no son elegibles, a menos que el DHS tenga un proceso similar para nacionales de ese otro país.
¿Qué sucede si mi pasaporte venezolano está vencido?
Los pasaportes venezolanos pueden considerarse válidos por diez años más allá de la fecha de expiración impresa, siempre que cuenten con una extensión certificada.